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8 de febrero de 2015

El Ayuntamiento aprueba en enero una ordenanza que la generalitat cambia en febrero

El Ayuntamiento de Paterna informó que iba a modificar la Ordenanza de Protección de la Convivencia en el pleno del mes de enero sobre las excepciones de llevar bozal de los perros peligrosos y la Generalitat ha modificado el decreto este mes.

El Ayuntamiento introdujo "en determinados puntos de la ordenanza la distinción entre perros potencialmente peligrosos y aquellos que no tienen dicha calificación, de acuerdo con el Decreto de la Generalitat Valenciana 145/2000, de 26 de septiembre. De este modo, los propietarios de perros peligrosos seguirán estando obligados al uso de correa y bozal cuando saquen los animales a la vía pública. Sin embargo, los propietarios de perros que no estén calificados como peligrosos podrán prescindir del bozal aunque seguirá siendo obligatorio el uso de la correa. Será considerada falta leve la omisión de esta obligación cuando se trate de perros no catalogados como peligrosos, con sanción desde 60 a 500 euros. Por el contrario, en el caso de que el can esté catalogado como especie potencialmente peligrosa, la sanción irá desde los 500 a los 1000 euros.
El pleno del Consell ha aprobado una modificación el pasado 6 de febrero del decreto 145/2000, que regula en la Comunitat Valenciana la tenencia de animales potencialmente peligrosos, por la que suprime las excepciones a la obligatoriedad de los perros de razas potencialmente peligrosas de llevar el bozal por la calle. Especificando que este tipo de canes, además de la correa, deberá llevar un bozal homologado y adecuado para su raza, que impida la apertura de la mandíbula para morder. De este modo, se suprimen las excepciones existentes, y este tipo de razas siempre tendrá la obligación de llevar el bozal por la calle.

961.546 perros, de los que 51.966 son peligrosos

Asimismo, en caso de que el perro haya agredido a personas o a otros animales causándoles heridas de mordedura, el periodo de observación por parte de un veterinario se amplía de 10 a 14 días, al objeto de realizar un seguimiento por motivos sanitarios y de seguridad.
Además, la licencia administrativa para la posesión de animales peligrosos pasa de tener una vigencia de tres a una de cinco años, y se mantienen hasta los cinco años contados desde su fecha de expedición las concedidas con anterioridad a la aprobación de esta modificación.
En lo referente a las razas, quedan definidas como potencialmente peligrosas las siguientes: American Staffordshire Terrier, Starffordshire Bull Terrier, Perro de Presa Mallorquín, Fila Brasileño, Perro de Presa Canario, Bullmastiff, American Pittbull Terrier, Rottweiler, Bull Terrier, Dogo de Burdeos, Tosa Inu (japonés), Akita Inu, Dogo Argentino, Doberman y Mastín napolitano. También tendrán la misma consideración los perros que presenten determinadas características de constitución física y comportamiento.
De este modo, la normativa autonómica se actualiza y se equipara a la nacional, desarrollada por el Real Decreto 287/2002, con lo que se evitan dudas interpretativas por parte de las administraciones.
En la Comunitat Valenciana existen 961.546 perros, de los que 51.966 se corresponden con las razas citadas, lo que representa el 5,4% del total de canes.

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Domingo M. Martínez 

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